Convenios colectivos para el sector de la construcción
Convenios nacionales
VI Convenio Colectivo (en vigor) | |
V Convenio Colectivo | |
Revisión parcial V Convenio colectivo general del sector de la construcción |
Convenio provincial de Lugo
Año 2020
Año 2019
Año 2018
☛ Edificación y obras públicas de Lugo | |
☛ Comercio y materiales de la construcción de Lugo | |
☛ Materiales y prefabricados de la construcción de Lugo |
Año 2016
☛ Edificación y obras públicas de Lugo | |
☛ Comercio y materiales de la construcción de Lugo | |
☛ Materiales y prefabricados de la construcción de Lugo |
Año 2013
☛ Edificación y obras públicas de Lugo |
El referido convenio ha sido modificado según publicación en el BOP de LUGO nº 46 de 25 de Febrero de 2014 :
Modificación Convenio en lo relativo al artículo 39 (Plus extra salarial que comprende: plus de transporte y distancia) para añadir lo dispuesto en el REAL DECRETO LEY 16/2013 de 20 de diciembre que dispone la modificación del artículo 109 de la LEY GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, que establece que el plus de transporte y de distancia computa en la base de cotización, sin perjuicio de que si deja de ser cotizable, se procederá automáticamente a su exclusión de la base de cotización.
Se modifica el apartado e del artículo 26 para incluir: Haciéndose constar a éstos efectos, que el referido permiso se puede disfrutar en el período en el que se den éstas circunstancias, y que será comunicado a la empresa conforme se establece en el apartado 1 del artículo 26.
También se modifica el apartado 2 del artículo 40 complemento indemnizatorio de la prestación de IT para hacer constar "A partir del año 2008" en vez de "Para el año 2008".
☛ Comercio y materiales de la construcción de Lugo |
El referido convenio ha sido modificado según publicación en el BOP de LUGO nº 46 de 25 de Febrero de 2014:
Modificación Convenio en lo relativo al artículo 27 (Plus extra salarial) para añadir lo dispuesto en el REAL DECRETO LEY 16/2013 de 20 de diciembre que dispone la modificación del artículo 109 de la LEY GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, que establece que el plus de transporte y de distancia computa en la base de cotización, sin perjuicio de que si deja de ser cotizable, se procederá automáticamente a su exclusión de la base de cotización.
☛ Materiales y prefabricados de la construcción de Lugo |
El referido convenio ha sido modificado según publicación en el BOP de LUGO nº 46 de 25 de Febrero de 2014:
Modificación Convenio en lo relativo al artículo 38 (Plus extra salarial que comprende: plus de transporte y distancia) para añadir lo dispuesto en el REAL DECRETO LEY 16/2013 de 20 de diciembre que dispone la modificación del artículo 109 de la LEY GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, que establece que el plus de transporte y de distancia computa en la base de cotización, sin perjuicio de que si deja de ser cotizable, se procederá automáticamente a su exclusión de la base de cotización.
También se modifica el apartado 2 del artículo 39 complemento indemnizatorio de la prestación de IT para hacer constar "A partir del año 2008" en vez de "Para el año 2008".
Año 2011
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