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| SENTENCIAS |
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REFERENCIA DE
SENTENCIAS SOBRE PREVENCIÓN DE RIESGOS
LABORALES
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1. Sentencia del T.S.J.
de Navarra, de 19 de febrero de 1999 Procedencia
de despido por inobservancia de medidas de
seguridad. En virtud de su potestad
disciplinaria, el empresario puede sancionar,
incluso con el despido, a un trabajador que
reiterada y gravemente no observa las medidas
preventivas establecidas por la empresa, poniendo
así en peligro a sus compañeros, a la empresa y a
sí mismo.
2. Sentencia del Tribunal Supremo
(Sala de lo Social), de 5 de mayo de
1999 Responsabilidad de contratas y
subcontratas. La empresa principal puede ser
responsable aunque la actividad de ésta y la de la
contrata no sean coincidentes, ya que la
responsabilidad deriva de la obligación de
seguridad del empresario principal para todos los
que prestan servicios dentro de la actividad
productiva que está bajo su control.
3.
Sentencia del T.S.J. de Castilla- La Mancha, de 1
de julio de 1999 Problemas de salud: Derecho a
trabajo diurno. La Sala se basa en el artículo
36.4 del Estatuto de los Trabajadores para
determinar que un trabajador que presta sus
servicios en horario de noche, y que a
consecuencia de ello sufre problemas de salud,
tiene derecho a ser asignado a un puesto de
trabajo diurno, ya sea de su misma categoría o
bien adecuado a sus condiciones físicas, aun sin
ser de su misma categoría, sin que esto pueda dar
lugar a una merma salarial.
4. Sentencia
del Tribunal Supremo (Sala de lo Social), de 14 de
junio de 1999 Delegados de Prevención y Comité
de Seguridad y Salud: Criterio de
proporcionalidad. El hecho de no aplicar el
criterio de proporcionalidad en la elección de
delegados de prevención y miembros del comité de
seguridad y salud no vulnera el derecho a la
libertad sindical, ya que al tratarse de
representantes con funciones especializadas en
materia de prevención de riesgos, constituyen una
excepción a este principio.
5.
Sentencia del Tribunal Supremo (Sala de lo
Social), de 12 de julio de 1999 Infarto en el
trabajo. Se declara la invalidez permanente por
accidente laboral de un trabajador, a pesar de que
en el momento del infarto ya estaba enfermo del
corazón y fumaba más de 20 cigarrillos al día. La
Sala aduce que para que no opere la presunción de
laboralidad de la enfermedad es necesario
acreditar la falta de relación entre la lesión y
el trabajo, cosa que no sucede en este
caso.
6. Sentencia del T.S. (Sala de lo
Social), de 7 de julio de 1999 Tratamiento a
Administradores: Calificación de accidentes de
trabajo. Para que un accidente tanga la
consideración y el tratamiento de los accidentes
de trabajo, el accidentado debe trabajar por
cuenta ajena y ser encuadrable en el Régimen
General de la Seguridad Social.
7.
Sentencia del T.S., de 8 de mayo de 1999 Culpa
extracontractual: El empresario responde por actos
de los empleados. Un trabajador se colocó en
una cinta transportadora y un compañero la activó
por error, causando lesiones al primero. La Sala
consideró responsable al empresario por culpa "in
vigilando".
8. Sentencia del T.S.J. del
Principado de Asturias, de 10 de septiembre de
1999 Responsabilidad empresarial por falta de
medidas de seguridad e higiene: Recargo de
prestaciones. La responsabilidad del empresario
no consiste solo en establecer una serie de
medidas de precaución, sino que tiene que vigilar
el cumplimiento de las mismas. Por ello, se
condenó al empresario con un recargo del 30% en
las prestaciones derivadas del accidente sufrido
por el trabajador.
9. Sentencia del T.S.J.
de Cataluña, de 8 de noviembre de
1999 Responsabilidad empresarial: Accidente de
trabajo por falta de horas de descanso. El
trabajador se quedó dormido al volante del
vehículo que conducía por falta de descanso entre
jornadas de trabajo, ya que le obligaban a iniciar
la ruta en lugar de dejarle pernoctar. El fallo
condena a la empresa al recargo de prestaciones de
la Seguridad Social y la obliga a facilitar al
trabajador los medios económicos precisos para que
pueda pernoctar entre el fin de una ruta y el
inicio de otra.
10. Sentencia del T.S.J. de
Andalucía/Granada, Sala de lo Social, de 11 de
enero de 2000 Se considera accidente de trabajo
la agresión por parte de un compañero. Se
presume que la agresión sufrida por el trabajador
a manos de un compañero que le golpeó la cabeza,
acaecida durante el tiempo y en el lugar del
trabajo, es constitutiva de accidente de trabajo.
Tal calificación no impide la concurrencia de
culpabilidad civil o criminal del empresario, de
un compañero de trabajo o de un
tercero.
11. Sentencia del Tribunal
Supremo, Sala 3ª, de 17 de enero de 2000
Retribuciones por guardias médicas durante las
bajas por enfermedad. Durante las bajas por
enfermedad no superiores a tres meses, el personal
médico tiene derecho a que se le abonen las
retribuciones por guardias médicas, que no tienen
carácter de retribuciones por servicios
extraordinarios.
12. Sentencia del
Tribunal Supremo, Sala 2ª, de 26 de julio de 2000
Fallecimiento de empleado en accidente
laboral. Absolución del empresario y del jefe
de seguridad: La existencia de un Plan de
prevención de riesgos laborales individualizado
permite deducir que no es posible reconocer la
presencia de dolo de peligro por parte de los
acusados, garantes del desarrollo del trabajo por
los operarios en condiciones de seguridad e
higiene.
13. Sentencia del Tribunal
Supremo, Sala 1ª, de 24 de julio de 2000
Inexistencia de responsabilidad de la
Administración en accidente laboral. La Sala
considera que no existía en el caso una relación
de dependencia entre la Administración del Estado
y las empresas ejecutoras de los trabajos, ni
resulta acreditado que la Administración conociera
o creara la situación de riesgo que dio origen al
evento dañoso.
14. Sentencia del Tribunal
Supremo, Sala 4ª, de 20 de julio de 2000 Recargo
de prestaciones por falta de medios de seguridad e
higiene en el trabajo. Fallecimiento de peón de
la construcción al ser atropellado por máquina
motoniveladora cuando se hallaba trabajando en
obras de ampliación de carretera: se absuelve a la
subcontratista, declarando únicamente responsable
a la empresa principal por falta de medidas de
seguridad e higiene en el accidente descrito,
incrementando a su cargo las prestaciones de la
Seguridad Social en un 40%.
15. Sentencia
del Trbunal Supremo, Sala 4ª, de 14 de julio de
2000 Infarto de miocardio acaecido al trabajador
mecánico en la ruta seguida para la reparación de
un automóvil de la empresa por encargo del
empresario. Declara que la muerte del
trabajador se produjo por accidente de trabajo, ya
que el trabajo de reparación de la avería de un
coche en carretera es trabajo itinerante, en el
que se ha de entender como tiempo de trabajo el de
desplazamiento al punto en que se encuentra el
vehículo
averiado.
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