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INFORME SOBRE EL SPM APEC LUGO

1. NECESIDAD DEL SPM-APEC.

La idea de la implantación del SPM surge en base a la necesidad de atajar los problemas de formación y conciencia de la seguridad e higiene en el trabajo, tanto en lo que se refiere al conocimiento de la normativa vigente como su aplicación práctica y específica en el sector de la construcción de la provincia de Lugo.

La construcción lucense se caracteriza por la PREVALENCIA ABSOLUTA DE PYMES: El número medio de empleados por empresa es de 9, lo cual quiere decir obviamente que la gran mayoría de los empresarios no tengan servicios propios de ningún tipo (en muchos casos ni siquiera dispone de servicios administrativos internos, echando mano de gestorías para la llevanza de la administración de la empresa), por lo que, en consecuencia, su situación ante las exigencias de la normativa de seguridad e higiene laborales es tremendamente precaria. A ello, hemos de añadir la considerable ATOMIZACIÓN EMPRESARIAL: el hecho de que la APEC tenga casi 1200 empresas asociadas así lo demuestra. Asimismo, la provincia de Lugo padece una dispersión poblacional únicamente acorde con su gran extensión geográfica, lo que dificulta sobremanera que las empresas del sector tengan una adecuada formación y servicio en materia de riesgos laborales.

El sector de la construcción lucense está en constante expansión, existiendo una enorme competitividad en un periodo como el actual, nutriéndose las empresas de modo constante de trabajadores provinientes de otros sectores (en especial de la agricultura), lo que provoca que en numerosas ocasiones el grado de formación en seguridad laboral específica del sector sea bajo, siendo muy necesario redoblar los esfuerzos para poder conseguir corregir estos problemas.

Y es precisamente por todas esas circunstancias por lo que la APEC de Lugo ha venido efectuando durante sus casi 25 años de existencia un enorme esfuerzo por dar servicio a toda la provincia. Este afán integrador de la Asociación ha conseguido que la gran mayoría de las empresas del sector queden bajo el ámbito de la misma, teniendo la APEC, aparte de su sede central en Lugo, delegaciones en Burela, Sarria y Monforte de Lemos, por lo que se puede decir que el nivel de descentralización y acercamiento al asociado es muy aceptable. A ello hemos de unir el altísimo nivel formativo que desarrollan las Fundaciones San Calixto, Val de Lemos y de A Mariña, nacidas todas ellas al amparo de la APEC, amén de la implantación del sistema de calidad en nuestra Asociación que ha merecido el reconocimiento de AENOR a través de la concesión del correspondiente sello.

La APEC, consciente de la trascendental repercusión de la normativa de prevención de riesgos laborales en el sector de la construcción, ha centrado estos últimos años gran parte de sus esfuerzos en formar a los trabajadores de sus asociadas en dicha materia, esfuerzos que comienzan a dar sus frutos (en estos últimos tres años se ha reducido considerablemente la siniestralidad en el sector, debiéndose destacar la reducción en un 46% de los accidentes mortales). Cabe destacar a este respecto que en el ámbito de las cuatro asociaciones provinciales de la construcción de Galicia se ha formado estos últimos cinco años a 12.000 trabajadores; pero a pesar de ello, dado el enorme crecimiento del sector, y dada la citada afluencia constante de trabajadores procedentes de otros sectores, se hace preciso un sobreesfuerzo en aras de formar adecuadamente a nuestros empleados de forma que la siniestralidad laboral continúe la línea descendente ya iniciada.

Aún así, la ambición de la APEC Lugo no se puede parar en la estricta y escueta formación de los trabajadores en materia de seguridad laboral, siendo su objetivo en la actualidad el de crear, al amparo de la normativa vigente, un SERVICIO MANCOMUNADO de Prevención de Riesgos Laborales que permita garantizar al máximo y de un modo global el cumplimiento de todas y cada una de las exigencias de la legislación vigente en materia de seguridad e higiene del trabajo en la construcción. Este Servicio de Prevención Mancomunado (S.P.M.-APEC Lugo) constituirá, a efectos legales, un SERVICIO PROPIO de la empresa que disfrute del mismo, de forma que la implicación en la tarea preventiva por parte de los asociados será máxima, de manera que se facilite la consecución del fin último perseguido, a saber, la reducción de la siniestralidad laboral y, en consecuencia, la evitación de las gravísimas consecuencias derivadas de un accidente de trabajo.

El profundo conocimiento del sector, la gran accesibilidad a las empresas en toda la geografía lucense y la gran confianza que el asociado tiene en la propia APEC hacen que el nacimiento del SPM sea la solución definitiva que el sector está esperando para poder hablar sin temor a equivocarse de auténtica seguridad y salud laborales. Ello supondrá dar un servicio global, homogéneo, permanente, especializado y profesional a todas las empresas asociadas que lo deseen, aprovechando toda la experiencia del personal técnico y humano de la APEC, contratándose para el específico funcionamiento del SPM a personas absolutamente especializadas y formadas en la materia, las cuales se dedicarán a tiempo completo al cumplimiento de los objetivos marcados.



2. OBJETIVOS Y CONTENIDO DE LOS SERVICIOS A PRESTAR POR EL SPM-APEC LUGO:

a) Genéricos:

- Procurar una formación integral, permanente y homogénea en materia de seguridad e higiene laborales para todos los trabajadores y empresarios asociados a la APEC Lugo.
- Evaluar pormenorizadamente el sector y detectar las necesidades más acuciantes en materia de seguridad laboral.
- Inspeccionar de modo permanente los centros de trabajo a efectos de determinar y aconsejar a los asociados las medidas preventivas necesarias para cada caso.
- Evitar al máximo los elevadísimos costes que a las empresas asociadas les supone el cumplimiento de las exigencias normativas a este respecto, de forma que se respete la legalidad vigente sin que ello ponga en riesgo la economía empresarial del asociado.

b) Específicos, que desglosaremos en tres niveles, en función de las exigencias legales al respecto:

1 Nivel básico: a) Promover la utilización de los equipos de trabajo y protección, y fomentar el interés y cooperación de los trabajadores en la acción preventiva. b) Promover, en particular, las actuaciones preventivas básicas, tales como el orden, la limpieza, la señalización y el mantenimiento general, y efectuar su seguimiento y control. c) Realizar evaluaciones elementales de riesgos y, en su caso, establecer medidas preventivas del mismo carácter compatibles con su grado de formación. d) Colaborar en la evaluación y el control de los riesgos generales y específicos de la empresa, efectuando visitas al efecto, atención a quejas y sugerencias, registro de datos, y cuantas funciones análogas sean necesarias. e) Actuar en caso de emergencia y primeros auxilios gestionando las primeras intervenciones al efecto. f) Cooperar con los servicios de prevención, en su caso.

2. Nivel intermedio: a) Promover, con carácter general, la prevención en la empresa. b) Realizar evaluaciones de riesgos. c) Proponer medidas para el control y reducción de los riesgos o plantear la necesidad de recurrir al nivel superior, a la vista de los resultados de la evaluación. d) Realizar actividades de información y formación básica de trabajadores. e) Vigilar el cumplimiento del programa de control y reducción de riesgos y efectuar personalmente las actividades de control de las condiciones de trabajo que tenga asignadas. f) Participar en la planificación de la actividad preventiva y dirigir las actuaciones a desarrollar en casos de emergencia y primeros auxilios. g) Colaborar con los servicios de prevención, en su caso. h) Cualquier otra función asignada como auxiliar, complementaria o de colaboración del nivel superior.

3. Nivel superior: a) Las funciones señaladas en el apartado 1 del artículo anterior, con excepción de la indicada en el párrafo h). b) La realización de aquellas evaluaciones de riesgos cuyo desarrollo exija:1 El establecimiento de una estrategia de medición para asegurar que los resultados obtenidos caracterizan efectivamente la situación que se valora, o, 2 Una interpretación o aplicación no mecánica de los criterios de evaluación. c) La formación e información de carácter general, a todos los niveles, y en las materias propias de su área de especialización. d) La planificación de la acción preventiva a desarrollar en las situaciones en las que el control o reducción de los riesgos supone la realización de actividades diferentes, que implican la intervención de distintos especialistas. e) La vigilancia y control de la salud de los trabajadores


3. DESARROLLO DE LOS TRABAJOS, ÁMBITO DE ACTUACIÓN, DURACIÓN DE LOS MISMOS, ORGANIGRAMA Y RECURSOS HUMANOS.


La vocación del SPM es de clara permanencia: en principio, la duración inicial del Proyecto se prevé en una primera fase por tres años, lo cual no implica la caducidad del mismo a la finalización de dicho plazo, pues, si el nivel de respuesta de los asociados de la APEC es el esperado, el Servicio de Prevención deberá convertirse en permanente, con lo cual los trabajadores adscritos al mismo verán consolidadas sus expectativas laborales con un empleo estable, duradero y de calidad.

El ámbito territorial de actuación del Observatorio es TODA la provincia de Lugo, estando ubicados los servicios centrales en Lugo capital, en dependencias propiedad de la APEC Lugo cedidas gratuitamente por ésta.

Evidentemente, estos servicios se prestarán por personal altamente especializado en la materia. El organigrama estará compuesto por:
- Junta Directiva, máximo órgano de gobierno del SPM, constituida por todas las empresas que se adhieran al Servicio mediante la suscripción de un contrato personalizado;
- Consejo de Administración, órgano ejecutivo encargado de las decisiones operativas del SPM-APEC;
- Director-Gerente, encargado de las labores de supervisión general y gestión del SPM, así como encargado de velar por el correcto funcionamiento del Servicio de forma que satisfaga las necesidades de los asociados a través de un contacto permanente con éstos, disponiendo de los trabajos a realizar en cada momento por los técnicos adscritos al SPM-APEC;
- Secretario General Técnico, encargado del asesoramiento jurídico del Servicio y del apoyo de la labor de la Dirección, del Consejo de Administración y de la Junta General.
- Técnicos en Prevención de Riesgos Laborales, tanto de nivel superior como intermedio, cuya labor será la de llevar a cabo todas aquellas actuaciones tendentes al cumplimiento de los objetivos específicos reseñados en la presente Memoria, a través de un contacto inmediato y directo con los empresarios asociados (visitas, inspecciones, evaluación de riesgos específicos para cada centro de trabajo, etc...), siendo su trabajo el factor clave del funcionamiento y buen fin del SPM.
- Personal administrativo: el SPM se apoyará en el personal de la APEC, lo cual no impide que en el futuro se contraten administrativos específicamente adscritos a este Servicio.




APEC Lugo - www.apeclugo.com
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