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| INFORME
SOBRE EL SPM APEC LUGO |
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1.
NECESIDAD DEL SPM-APEC.
La idea de la
implantación del SPM surge en base a la necesidad
de atajar los problemas de formación y conciencia
de la seguridad e higiene en el trabajo, tanto en
lo que se refiere al conocimiento de la normativa
vigente como su aplicación práctica y específica
en el sector de la construcción de la provincia de
Lugo.
La construcción lucense se
caracteriza por la PREVALENCIA ABSOLUTA DE PYMES:
El número medio de empleados por empresa es de 9,
lo cual quiere decir obviamente que la gran
mayoría de los empresarios no tengan servicios
propios de ningún tipo (en muchos casos ni
siquiera dispone de servicios administrativos
internos, echando mano de gestorías para la
llevanza de la administración de la empresa), por
lo que, en consecuencia, su situación ante las
exigencias de la normativa de seguridad e higiene
laborales es tremendamente precaria. A ello, hemos
de añadir la considerable ATOMIZACIÓN EMPRESARIAL:
el hecho de que la APEC tenga casi 1200 empresas
asociadas así lo demuestra. Asimismo, la provincia
de Lugo padece una dispersión poblacional
únicamente acorde con su gran extensión
geográfica, lo que dificulta sobremanera que las
empresas del sector tengan una adecuada formación
y servicio en materia de riesgos laborales.
El sector de la construcción lucense está
en constante expansión, existiendo una enorme
competitividad en un periodo como el actual,
nutriéndose las empresas de modo constante de
trabajadores provinientes de otros sectores (en
especial de la agricultura), lo que provoca que en
numerosas ocasiones el grado de formación en
seguridad laboral específica del sector sea bajo,
siendo muy necesario redoblar los esfuerzos para
poder conseguir corregir estos problemas.
Y
es precisamente por todas esas circunstancias por
lo que la APEC de Lugo ha venido efectuando
durante sus casi 25 años de existencia un enorme
esfuerzo por dar servicio a toda la provincia.
Este afán integrador de la Asociación ha
conseguido que la gran mayoría de las empresas del
sector queden bajo el ámbito de la misma, teniendo
la APEC, aparte de su sede central en Lugo,
delegaciones en Burela, Sarria y Monforte de
Lemos, por lo que se puede decir que el nivel de
descentralización y acercamiento al asociado es
muy aceptable. A ello hemos de unir el altísimo
nivel formativo que desarrollan las Fundaciones
San Calixto, Val de Lemos y de A Mariña, nacidas
todas ellas al amparo de la APEC, amén de la
implantación del sistema de calidad en nuestra
Asociación que ha merecido el reconocimiento de
AENOR a través de la concesión del correspondiente
sello.
La APEC, consciente de la
trascendental repercusión de la normativa de
prevención de riesgos laborales en el sector de la
construcción, ha centrado estos últimos años gran
parte de sus esfuerzos en formar a los
trabajadores de sus asociadas en dicha materia,
esfuerzos que comienzan a dar sus frutos (en estos
últimos tres años se ha reducido considerablemente
la siniestralidad en el sector, debiéndose
destacar la reducción en un 46% de los accidentes
mortales). Cabe destacar a este respecto que en el
ámbito de las cuatro asociaciones provinciales de
la construcción de Galicia se ha formado estos
últimos cinco años a 12.000 trabajadores; pero a
pesar de ello, dado el enorme crecimiento del
sector, y dada la citada afluencia constante de
trabajadores procedentes de otros sectores, se
hace preciso un sobreesfuerzo en aras de formar
adecuadamente a nuestros empleados de forma que la
siniestralidad laboral continúe la línea
descendente ya iniciada.
Aún así, la
ambición de la APEC Lugo no se puede parar en la
estricta y escueta formación de los trabajadores
en materia de seguridad laboral, siendo su
objetivo en la actualidad el de crear, al amparo
de la normativa vigente, un SERVICIO MANCOMUNADO
de Prevención de Riesgos Laborales que permita
garantizar al máximo y de un modo global el
cumplimiento de todas y cada una de las exigencias
de la legislación vigente en materia de seguridad
e higiene del trabajo en la construcción. Este
Servicio de Prevención Mancomunado (S.P.M.-APEC
Lugo) constituirá, a efectos legales, un SERVICIO
PROPIO de la empresa que disfrute del mismo, de
forma que la implicación en la tarea preventiva
por parte de los asociados será máxima, de manera
que se facilite la consecución del fin último
perseguido, a saber, la reducción de la
siniestralidad laboral y, en consecuencia, la
evitación de las gravísimas consecuencias
derivadas de un accidente de trabajo.
El
profundo conocimiento del sector, la gran
accesibilidad a las empresas en toda la geografía
lucense y la gran confianza que el asociado tiene
en la propia APEC hacen que el nacimiento del SPM
sea la solución definitiva que el sector está
esperando para poder hablar sin temor a
equivocarse de auténtica seguridad y salud
laborales. Ello supondrá dar un servicio global,
homogéneo, permanente, especializado y profesional
a todas las empresas asociadas que lo deseen,
aprovechando toda la experiencia del personal
técnico y humano de la APEC, contratándose para el
específico funcionamiento del SPM a personas
absolutamente especializadas y formadas en la
materia, las cuales se dedicarán a tiempo completo
al cumplimiento de los objetivos
marcados.
2. OBJETIVOS Y CONTENIDO
DE LOS SERVICIOS A PRESTAR POR EL SPM-APEC
LUGO:
a) Genéricos:
- Procurar una
formación integral, permanente y homogénea en
materia de seguridad e higiene laborales para
todos los trabajadores y empresarios asociados a
la APEC Lugo. - Evaluar pormenorizadamente el
sector y detectar las necesidades más acuciantes
en materia de seguridad laboral. - Inspeccionar
de modo permanente los centros de trabajo a
efectos de determinar y aconsejar a los asociados
las medidas preventivas necesarias para cada
caso. - Evitar al máximo los elevadísimos
costes que a las empresas asociadas les supone el
cumplimiento de las exigencias normativas a este
respecto, de forma que se respete la legalidad
vigente sin que ello ponga en riesgo la economía
empresarial del asociado.
b) Específicos,
que desglosaremos en tres niveles, en función de
las exigencias legales al respecto:
1 Nivel
básico: a) Promover la utilización de los equipos
de trabajo y protección, y fomentar el interés y
cooperación de los trabajadores en la acción
preventiva. b) Promover, en particular, las
actuaciones preventivas básicas, tales como el
orden, la limpieza, la señalización y el
mantenimiento general, y efectuar su seguimiento y
control. c) Realizar evaluaciones elementales de
riesgos y, en su caso, establecer medidas
preventivas del mismo carácter compatibles con su
grado de formación. d) Colaborar en la evaluación
y el control de los riesgos generales y
específicos de la empresa, efectuando visitas al
efecto, atención a quejas y sugerencias, registro
de datos, y cuantas funciones análogas sean
necesarias. e) Actuar en caso de emergencia y
primeros auxilios gestionando las primeras
intervenciones al efecto. f) Cooperar con los
servicios de prevención, en su caso.
2.
Nivel intermedio: a) Promover, con carácter
general, la prevención en la empresa. b) Realizar
evaluaciones de riesgos. c) Proponer medidas para
el control y reducción de los riesgos o plantear
la necesidad de recurrir al nivel superior, a la
vista de los resultados de la evaluación. d)
Realizar actividades de información y formación
básica de trabajadores. e) Vigilar el cumplimiento
del programa de control y reducción de riesgos y
efectuar personalmente las actividades de control
de las condiciones de trabajo que tenga asignadas.
f) Participar en la planificación de la actividad
preventiva y dirigir las actuaciones a desarrollar
en casos de emergencia y primeros auxilios. g)
Colaborar con los servicios de prevención, en su
caso. h) Cualquier otra función asignada como
auxiliar, complementaria o de colaboración del
nivel superior.
3. Nivel superior: a) Las
funciones señaladas en el apartado 1 del artículo
anterior, con excepción de la indicada en el
párrafo h). b) La realización de aquellas
evaluaciones de riesgos cuyo desarrollo exija:1 El
establecimiento de una estrategia de medición para
asegurar que los resultados obtenidos caracterizan
efectivamente la situación que se valora, o, 2 Una
interpretación o aplicación no mecánica de los
criterios de evaluación. c) La formación e
información de carácter general, a todos los
niveles, y en las materias propias de su área de
especialización. d) La planificación de la acción
preventiva a desarrollar en las situaciones en las
que el control o reducción de los riesgos supone
la realización de actividades diferentes, que
implican la intervención de distintos
especialistas. e) La vigilancia y control de la
salud de los trabajadores
3. DESARROLLO
DE LOS TRABAJOS, ÁMBITO DE ACTUACIÓN, DURACIÓN DE
LOS MISMOS, ORGANIGRAMA Y RECURSOS HUMANOS.
La vocación del SPM es de clara
permanencia: en principio, la duración inicial del
Proyecto se prevé en una primera fase por tres
años, lo cual no implica la caducidad del mismo a
la finalización de dicho plazo, pues, si el nivel
de respuesta de los asociados de la APEC es el
esperado, el Servicio de Prevención deberá
convertirse en permanente, con lo cual los
trabajadores adscritos al mismo verán consolidadas
sus expectativas laborales con un empleo estable,
duradero y de calidad.
El ámbito
territorial de actuación del Observatorio es TODA
la provincia de Lugo, estando ubicados los
servicios centrales en Lugo capital, en
dependencias propiedad de la APEC Lugo cedidas
gratuitamente por ésta.
Evidentemente,
estos servicios se prestarán por personal
altamente especializado en la materia. El
organigrama estará compuesto por: - Junta
Directiva, máximo órgano de gobierno del SPM,
constituida por todas las empresas que se adhieran
al Servicio mediante la suscripción de un contrato
personalizado; - Consejo de Administración,
órgano ejecutivo encargado de las decisiones
operativas del SPM-APEC; - Director-Gerente,
encargado de las labores de supervisión general y
gestión del SPM, así como encargado de velar por
el correcto funcionamiento del Servicio de forma
que satisfaga las necesidades de los asociados a
través de un contacto permanente con éstos,
disponiendo de los trabajos a realizar en cada
momento por los técnicos adscritos al
SPM-APEC; - Secretario General Técnico,
encargado del asesoramiento jurídico del Servicio
y del apoyo de la labor de la Dirección, del
Consejo de Administración y de la Junta
General. - Técnicos en Prevención de Riesgos
Laborales, tanto de nivel superior como
intermedio, cuya labor será la de llevar a cabo
todas aquellas actuaciones tendentes al
cumplimiento de los objetivos específicos
reseñados en la presente Memoria, a través de un
contacto inmediato y directo con los empresarios
asociados (visitas, inspecciones, evaluación de
riesgos específicos para cada centro de trabajo,
etc...), siendo su trabajo el factor clave del
funcionamiento y buen fin del SPM. - Personal
administrativo: el SPM se apoyará en el personal
de la APEC, lo cual no impide que en el futuro se
contraten administrativos específicamente
adscritos a este
Servicio.
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